Constitución Política de los EUM

Tus Derechos Fundamentales

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos te garantiza derechos inalienables. Conócelos, ejércelos y defiéndelos.

Los derechos fundamentales son el núcleo de la dignidad humana reconocida por el Estado mexicano. Están consagrados en los primeros 29 artículos de la Constitución y en los tratados internacionales de derechos humanos que México ha ratificado. Ninguna autoridad puede vulnerarlos sin consecuencias legales.

Derechos garantizados por la Constitución

Artículos 1° al 29° — Parte Dogmática de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Art. 1°

Igualdad y No Discriminación

Toda persona goza de los derechos humanos reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales. Queda prohibida toda discriminación por origen étnico, género, edad, discapacidad, condición social, religión, opinión, preferencia sexual o cualquier otra que atente contra la dignidad humana.

Art. 3°

Derecho a la Educación

Toda persona tiene derecho a recibir educación. El Estado impartirá educación preescolar, primaria, secundaria y media superior de forma gratuita y obligatoria. La educación será laica, democrática, nacional e intercultural.

Art. 4°

Igualdad de Género, Salud y Vivienda

El varón y la mujer son iguales ante la ley. Toda persona tiene derecho a la protección de la salud, a un medio ambiente sano, a una vivienda digna y decorosa, y a la alimentación nutritiva y de calidad.

Art. 5°

Libertad de Trabajo

A ninguna persona podrá impedirse que se dedique a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode, siendo lícitos. El ejercicio de esta libertad solo podrá vedarse por determinación judicial cuando se ataquen los derechos de terceros.

Art. 6° y 7°

Libertad de Expresión e Información

La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa. El derecho a la información será garantizado por el Estado. Toda persona tiene derecho al libre acceso a información plural y oportuna.

Art. 14° y 16°

Seguridad Jurídica y Debido Proceso

Nadie podrá ser privado de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos. Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente.

Art. 17°

Acceso a la Justicia

Toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes. Nadie puede hacerse justicia por sí mismo ni ejercer violencia para reclamar su derecho.

Art. 20°

Derechos del Imputado y la Víctima

En todo proceso penal, el imputado tiene derecho a ser informado de los cargos, a guardar silencio, a una defensa adecuada y a ser juzgado en audiencia pública. La víctima tiene derecho a recibir asesoría jurídica, a ser informada del proceso y a recibir atención médica y psicológica.

Instituciones que te defienden

Conoce para qué sirve cada institución y cómo puede ayudarte a defender tus derechos.

Los Juzgados de Distrito

Primera instancia federal

Son los tribunales federales de primera instancia. Conocen de juicios de amparo indirecto, delitos federales, controversias civiles y mercantiles federales. Son la puerta de entrada al Poder Judicial Federal para el ciudadano común.

Resolver conflictos entre ciudadanos y autoridades federales, y proteger derechos constitucionales mediante el amparo.

La Defensoría de Oficio

Tu defensa garantizada

Es el servicio público de defensa jurídica gratuita para personas que no pueden costear un abogado particular. Está obligada a proporcionar asistencia legal de calidad en materia penal, civil y familiar. Es un derecho constitucional, no un favor del Estado.

Garantizar el derecho a una defensa adecuada a quienes carecen de recursos económicos para contratar un abogado.

El Poder Judicial Federal

Guardián de la Constitución

Encabezado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), el Tribunal Electoral y los Tribunales Colegiados. Su misión es interpretar la Constitución, resolver controversias entre poderes y proteger los derechos fundamentales de todos los mexicanos.

Ser el árbitro supremo del orden jurídico mexicano y el último bastión de protección de los derechos humanos.

Herramienta constitucional

El Juicio de Amparo: Tu Arma Constitucional

El amparo es el mecanismo más poderoso que tiene el ciudadano mexicano para defenderse de actos de autoridad que violen sus derechos fundamentales. Cualquier persona puede promoverlo ante un Juzgado de Distrito.

1

Identifica la violación

Determina qué acto de autoridad (federal, estatal o municipal) está violando tus derechos constitucionales.

2

Acude a un Juzgado de Distrito

Presenta tu demanda de amparo ante el Juzgado de Distrito más cercano. Si no tienes abogado, solicita la Defensoría de Oficio.

3

Suspensión del acto

El juez puede suspender provisionalmente el acto reclamado para evitar daños irreparables mientras se resuelve el juicio.

4

Sentencia protectora

Si el juez determina que hubo violación, emite una sentencia que obliga a la autoridad a restituirte en el pleno goce de tus derechos.

¿Crees que tus derechos fueron violados?

Marea Rosa BCS te orienta de forma gratuita. Nuestro equipo legal te ayuda a identificar la vía de defensa más adecuada para tu caso.

Marea Rosa BCS

Asociación civil de participación ciudadana y asistencia social en Baja California Sur, México.

Mesa Directiva

  • PresidenteAlejandro J. Salazar Peredo
  • SecretariaGabriela Mascareño Zárate
  • Atención ciudadanaAdán Villegas
  • LegalLic. Carlos Zambrano
  • GestoríaAbril Villegas
  • JuventudSabrina Naomy

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